• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
  • Nº Recurso: 1884/2024
  • Fecha: 04/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para ser considerada como pareja de hecho a efectos de generar la pensión de viudedad del artículo 38.4 del Texto Refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el RD Legislativo 670/1987, de 30 de abril, la misma debe reunir los siguientes requisitos de forma concurrente: 1. Convivencia estable y notoria con carácter inmediato al fallecimiento del causante y con una duración ininterrumpida no inferior a 5 años; que puede acreditarse por cualquier medio válido en Derecho. 2. Constitución o formalización de la pareja de hecho mediante su inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las CCAA o Aytos. del lugar de residencia, o en documento público; con una antelación mínima de 2 años respecto a la fecha del fallecimiento. Y tal constitución solo puede acreditarse mediante certificación de la inscripción en los referidos registros o mediante el documento público en el que conste la constitución de dicha pareja con la referida antelación; sin que ni el requisito de constitución ni el del plazo referido puedan sustituirse por prueba de convivencia. Y, a esa doctrina, añade: en los casos en los que, atendiendo a la fecha del fallecimiento, fuera aplicable el último inciso del párrafo 4º del art. 38 del RD Legislativo 670/1987, deberá tener en cuenta pp. de seguridad jurídica y de buena administración (art. 9.3, 10.2 y 103 CE), en consonancia con la doctrina fijada por el TEDH, entre otras, en las sentencias de 19/01/2023 (Domenech Aradilla), 19/01/2023 (Rodríguez González), 26/01/2023 (Valverde Digon), y 16/10/2025 (Mendieta Borrego), respecto del derecho de propiedad (art. 1,Protocolo n.º 1 del Convenio para la Protección DDHH y LLFF), en cuanto que acogen la expectativa legítima creada entre los miembros de la unión de hecho para poder ser perceptores.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 8319/2024
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si las actuaciones encaminadas a sacar a subasta el bien embargado, en concreto las valoraciones de bienes y el requerimiento de aportación de títulos hechos al deudor principal, tienen la consideración de actuaciones tendentes al cobro de la deuda tributaria y, como tales, ostentan efecto interruptivo del plazo de prescripción del derecho que tiene la Administración a la derivación de la responsabilidad subsidiaria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 2995/2025
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar el alcance del título competencial de los municipios en materia urbanística con relación a las instalaciones de producción de energías renovables y, en concreto, determinar si el régimen de usos del suelo establecido en el planeamiento municipal puede establecer condiciones para la autorización de la actividad así como para determinar la ubicación de instalaciones de producción de energías renovables.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 4955/2024
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La aprobación por parte del Consejo Superior de Deportes de las modificaciones estatutarias de la LNFP constituye un acto administrativo sujeto al control de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, pues implica el ejercicio de potestades públicas con independencia de la naturaleza de las relaciones jurídicas afectadas. En este contexto, la vinculación entre la Liga y los clubes se define como una relación de sujeción especial, lo que permite una modulación o flexibilización de las exigencias formales del principio de legalidad, tales como el rango de la norma o su publicidad oficial, dado el conocimiento temprano que tienen los clubes del régimen disciplinario. Sin embargo, esta flexibilidad no ampara la vulneración de la vertiente sustantiva del artículo 25.1 de la Constitución. En este sentido, la tipificación de infracciones contenida en los apartados l) y m) del artículo 69 de los Estatutos incumple el requisito de predeterminación normativa o lex certa, ya que no permite a los sujetos conocer con precisión las consecuencias de sus actos. Esta falta de certeza se extiende a la graduación de las sanciones en el artículo 78, donde se contemplan medidas gravosas como el descenso o la expulsión basándose en conceptos indeterminados como la "especial gravedad". Al no detallar los estatutos qué circunstancias concretas definen dicha gravedad, incurren en una indefinición jurídica que resulta lesiva para el derecho fundamental a la legalidad sancionadora.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 7247/2024
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si las personas extranjeras que, hallándose en territorio español no se encuentran registradas ni autorizadas como residentes en España, tienen derecho a recibir asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos, aunque no hayan acreditado en el momento de recibirla el cumplimiento de los requisitos legalmente exigidos (mediante la presentación de la correspondiente solicitud acompañada de los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos del artículo 3 ter apartado 2 letras a), b ) y c) de la Ley 16/2003, de 28 de mayo , de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud) para que dicha asistencia sea prestada con cargo a fondos públicos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 8365/2024
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, a la luz de las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17, EU:C:2018:168) y 22 de junio de 2023 (Endes Generación, S.A.U. contra Tribunal Económico Administrativo Central, asunto C-833/21, ECLI:EU:C:2023:516), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con gravamen por el IEC del carbón consumido con fines de generación eléctrica; o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, "por motivos de política medioambiental".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 2180/2024
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar, si en una cuenta donde se efectúe habitualmente el abono de sueldos, salarios o pensiones, el saldo disponible a la fecha de un embargo (deducido el importe del último abono en concepto de sueldos, salarios o pensiones, que se ha de considerar inembargable), es íntegramente susceptible de embargo con independencia de que tenga su origen en el abono de anteriores percepciones de la misma naturaleza.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 6371/2024
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones con interés casacional consiste en determinar (i) si, en los supuestos de obras públicas de interés general previstas en el artículo 38 bis de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía nuclear, y sometidas al procedimiento contemplado en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, Reguladora del contrato de concesión de obras públicas, el informe urbanístico municipal exigible puede reputarse título equivalente o sustitutivo de la licencia urbanística, a los efectos del artículo 100.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales , de manera que integre el presupuesto habilitante del hecho imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; (ii) o, por el contrario, si la ausencia de licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa excluye dicho presupuesto y determina la no sujeción al tributo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 3684/2025
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial consistente en determinar, en el ámbito de la impugnación de una concesión sobre el dominio público portuario, la posibilidad de apreciar en momento procesal anterior a la formulación de la demanda, la falta de legitimación activa de una entidad que ejerce la acción pública ambiental.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 4802/2025
  • Fecha: 03/12/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si la emisión de gases fluorados liberados como consecuencia de la actividad de desguace ha de considerarse como una eliminación de residuos peligrosos o por el contrario ha de conceptuarse como una emisión de gases a la atmósfera, a efectos de la aplicación del correspondiente tipo sancionador.

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